Nicolás Albera
Una
docente de San Francisco que daba clases en el Servicio Penitenciario N° 7,
donde tenía varias horas como educadora de los internos, y que fue cesanteada por la institución a inicios de este año para que no se cruce con su padre –a quien
había denunciado penalmente por abusos sexuales cometidos hacia ella en la
infancia- realizará ahora tareas administrativas en otra dependencia, luego de
la decisión del Ministerio de Educación de la Provincia de Córdoba.
Esta postura generó disconformidad en la víctima, según expresaron a Up sus abogados Virginia Panero y Nicolás Casas: “Hoy, una mujer con derechos vulnerados sigue sin poder ejercer su profesión en igualdad de condiciones. Se priorizó la comodidad del Estado por sobre la reparación de la víctima. Se perdió, otra vez, una oportunidad de estar a la altura”, destacaron.
El caso
La mujer de 30 años tomó la decisión de llevar a la Justicia a su padre biológico en octubre del año pasado. A partir de allí comenzó una investigación penal preparatoria, luego vino la imputación y tras ello la prisión preventiva del acusado por abuso sexual. La causa sigue su curso y con el aporte de pruebas que comprobarían la veracidad de los hechos ocurridos cuando la presunta víctima tenía entre 7 y 12 años, aproximadamente.
Este escenario llevó a la institución carcelaria a tomar una polémica decisión previo al inicio del ciclo lectivo 2025. Amparándose en la decisión del Juzgado de Violencia Familiar y de Género, que impuso una medida de impedimento de contacto entre la denunciante y el presunto victimario, decidieron quitarle las horas, es decir, dejarla sin su trabajo.
Según el Servicio Penitenciario de San Francisco, se trató de una medida para “protegerla y resguardarla”. Pero para el estudio de abogados que la representa, tanto en la causa contra su progenitor como en la laboral, la decisión de las autoridades carcelarias implicó “violencia institucional”.
Amparo contra la Provincia
Tras una serie de reclamos, la docente interpuso un amparo contra el Gobierno de Córdoba. Para Panero y Casas, su defendida padeció “un cuadro de revictimización” al priorizarse la posición del interno (su progenitor) por sobre ella (denunciante).
Los letrados explicaron a Up que, durante el transcurso del proceso judicial, desde el Ministerio de Educación se comunicaron con la mujer a los fines de gestionar un cambio de ámbito laboral, con el objeto de que no perdiera definitivamente las
horas
que tenía en el establecimiento penitenciario, ya que la amparaba el Estatuto
de la Docencia Media, Especial y Superior - Decreto Ley N° 214/E/63 y
modificaciones de Ley N° 9822. Sin embargo, la decisión no los dejó conformes.
“Por un lado, sostenemos que la respuesta brindada por el Ministerio de Educación en principio fue positiva para la posición de la docente, dado que ha recuperado sus haberes, pero no en su labor normal, ya que ella se desempeñaba frente al aula que es su verdadera vocación y fue reubicada en tareas administrativas. ¿La docente recuperó su salario? Sí, pero fue confinada a tareas administrativas pasivas, lejos del aula y de su vocación. Como si se la castigará por haber hablado, por haber denunciado, por haber sido víctima”, expresaron.
Tanto Panero como Casas coincidieron en que lo más coherente hubiese sido tomar como norte la perspectiva de género: “La decisión debería haber sido el traslado del interno a otro establecimiento de la provincia, y de tal manera, permitirle a la mujer continuar desempeñándose con sus horas en dicha institución. ¿Acaso no es esa la medida de mínima en un sistema que dice defender a las mujeres? ¿O será que todavía cuesta más mover a un agresor que correr a la víctima?”, se preguntaron.
Por último, aseguraron que no se realizó un estudio transversal de la normativa aplicable en este caso y que por el contrario fue una reacción “automática, patriarcal y profundamente injusta” que vulneró gravemente los derechos de la docente, “implicando una revictimización”.












