El próximo 8 de julio se cumplirá un año del
homicidio de calle Cabrera al 1900, donde Casandra
Oliva mató a su compañero de residencia Fabián Sosa. El caso mantuvo en vilo a la ciudad a medida que se
fueron conociendo pormenores de lo que fue la trágica escena con la que se
encontraron los investigadores.
En marzo pasado, la fiscalía de Delitos Complejos a cargo de Silvana Quaglia declaró inimputable a la mujer trans, única acusada por el hecho. Según se explicó, los resultados de las múltiples pericias psicológicas y psiquiátricas a las que fue sometida Casandra habrían dado por sentado que al momento del hecho no comprendía la criminalidad de sus actos y eso le impedía dirigir sus acciones.
Al mismo tiempo, según fuentes tribunalicias, se agregó otra particularidad: la imputada fue declarada “no peligrosa” para sí ni para terceros, por lo que no requería internación en un nosocomio y/o penal.
Inimputabilidad
“La inimputabilidad se da porque una persona tiene un padecimiento psiquiátrico que le impide entender la criminalidad de los actos y dirigir las acciones. Si no puede comprender o dirigir las acciones la ley dice que la persona es inimputable”, explicó
Consultada por Up, la jueza de Ejecución Penal de San Francisco, María Teresa Garay (quien no tuvo participación en el caso), explicó de manera general cómo se dan este tipo de procesos.
“A muchas personas cuando se las declara inimputable se les puede poner medidas de seguridad como son internaciones psiquiátricas porque son peligrosos para terceros”. Sin embargo, se entendió en la resolución judicial que este no es el caso.
“Puede que en el momento del hecho no comprendía los actos y al momento de la evaluación advierten que ya no era peligrosa para sí o para terceros, por eso no se ordena una internación”, indicó, y cerró: “Si no resulta peligrosa para sí o para terceras personas, nadie la puede internar. Entendemos que puede haber miedo, pero no debe haber temores infundados”.
Cuál es la explicación del abogado
Por su lado, el abogado defensor de Casandra Oliva, el experimentado penalista Felipe Trucco, fue tajante en la situación: “Los peritos oficiales ordenaron la inimputabilidad y eso es lo que determina su libertad”.
Agregó que su defendida “tendrá que seguir un tratamiento domiciliario al haber asignado domicilio y cumplir ciertas obligaciones, pero no se requirió internación”.
El caso
El crimen de Sosa ocurrió el 8 de julio del 2024. Oliva fue imputada por "homicidio calificado por el vínculo y alevosía".
Con la causa en manos de la fiscal Quaglia, la imputada negó los hechos que se le acusaban y se abstuvo de seguir declarando.
La autopsia al cuerpo de la víctima determinó que había sufrido un corte en la zona de los genitales con un elemento filoso que provocó un sangrado y su posterior deceso.
Oliva se habría encontrado a cargo de Sosa, que previo al asesinato había tenido un pre infarto. También se demostró, según la investigación, que se hallaba desnutrido y en estado de abandono total al momento de la muerte.
Otro dato fue que la misma autora del hecho llamó al 101 para advertir sobre la muerte de quien además era su pareja.












